La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la que el Juzgado de Primera Instancia número Dos de Cartagena dictó en diciembre de 2008, que condenó a los dueños de una vivienda a indemnizar con 6.861 euros a sus inquilinos por la descarga eléctrica que sufrió un bebé de diez meses, hija de éstos.
La sala desestima así el recurso presentado por los dueños de la vivienda arrendada, Rabah M. y Fatah M., padre del anterior, ambos de nacionalidad marroquí, lo mismo que el demandante, E.B.E.
Para el tribunal, no hay duda de que el accidente, ocurrido en julio de 2006 y que causó graves heridas a la pequeña cuando ésta iba a gatas por la casa y tocó un cable desprendido en la vivienda, se produjo como consecuencia del mal estado de la instalación eléctrica.
La Audiencia Provincial desestima la pretensión de los dueños de la casa, ubicada en La Unión (Murcia), que solicitaron en su recurso que se anulara la sentencia del Juzgado por considerar que no se había probado que el accidente se produjera en la misma y porque, según ellos, los padres de la pequeña eran los únicos culpables del suceso.
La sentencia se refiere a un informe técnico elaborado sobre la instalación eléctrica que daba suministro a la vivienda y según el cual "carecía de los elementos mínimos de seguridad".
"Nada ha de sorprender -afirma la sentencia- que uno de los cables se desprendiera, cayera el suelo y que la niña, que andaba a gatas, desafortunadamente lo tocara".
La sala coincide con el Juzgado de Cartagena en que los padres de la niña o los familiares que la tenían a su cuidado también tuvieron su responsabilidad en lo ocurrido por negligencia, lo que fue tenido en cuenta por el juez al reducir en un 20 por ciento la indemnización a pagar por los demandados, a los que ahora se les impone, asimismo, el pago de las costas del recurso
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